Inscripción del cese del Administrador sin tener las cuentas presentadas.
Venta de sociedades urgentes- ventadesociedades.info - Fecha: 21/05/2015
Resolución 11 de Enero 2014.
Se deniega inscripción de una escritura de cese de Adminitrador Único y nombramiento de uno nuevo. La hoja registral está cerrada por falta de déposito de cuentas, por lo cual, en aplicación de los arts. 282 LSC y 378 RRM, no cabe la inscripción del nuevo administrador. Como excepción, estas normas sí que permiten incribir el cese o dimisión de los anteriores Administradores, sin que el caso resuelto la sociedad quedase acéfala, pues ya se ha procedido al nombramiento del nuevo administrador, que, aun no siendo todavía inscribible, produce efectos desde su aceptación ( art.24-13 LSC). Lo que ocurre en este caso es que se deniengo también la inscripción del cese porque no hay solcitud de inscripción parcial.