Tipos de órganos de administración en una sociedad
¿ Qué es el órgano de Administración ?
Podemos definir el órgano de Administración de una sociedad limitada o sociedad anónima como la representación y gestión que recae en una o varias personas físicas o jurídicas. Tanto el nombramiento y el cese de cargos deberán inscribirse en el Registro Mercantil. En consecuencia, con una simple consulta al Registro podremos saber quién ostenta la gestión de la mercantil. Las socios o accionistas a través de Junta General podrán determinar el órgano de administración.
El administrador único.
Como su nombre ya indica, la gestión de la sociedad recae en una sola persona. Recordemos que puede ser un persona física o bien jurídica ( empresa ).
Administradores solidarios
En los estatutos sociales deberá indicarse el número mínimo y máximo de Administradores. El adjetivo solidarios indica que los Administradores pueden actuar de forma individual, esto es, que sólo es necesario la firma de uno de ellos. Como sucede en todos los casos pueden ser personas jurídicas o físicas.
Administradores mancomunados.
También será necesario especificar el número mínimo y máximo de administradores en los estatutos sociales. Mancomunados significa que será necesaria la firma de todos ellos. No olvidemos que en estos casos podemos por ejemplo nombrar 3 administradores que actúen mancomunadamente 2 cualesquiera de ellos, en este ejemplo sería necesario sólo la firma de 2 de los 3 Administradores.
Consejo de Administración.
El número mínimo para el consejo de Administración será de 3 miembros. Presidente, Secretario y consejero. El consejo podrá delegar capacidad de gestión a un consejero delegado. Destacar que en las sociedades anónimas, por ley, cuando se desean poner 3 o más administradores el órgano de administración deberá ser obligatoriamente un consejo de administración.
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